Sociedad por Acciones Simplificadas

Beneficios y obligaciones de las SAS

7/23/20252 min read

Autor: Víctor Hugo Sánchez

El 14 de marzo de 2016 se publicó en el DOF una reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) para crear la figura de la “Sociedad por Acciones Simplificada” (SAS), a fin de impulsar la economía e incentivar actividades productivas individuales.

La SAS es aquella que se constituye con una o más personas físicas que solamente están obligadas al pago de sus aportaciones representadas en acciones. Además de promover a micros, pequeños y medianos empresarios, se limitará el riesgo de la totalidad del patrimonio de personas físicas con actividad empresarial, por citar un ejemplo.

Los requisitos para su constitución son únicamente contar con firma electrónica y no formar parte de otra sociedad mercantil. Su constitución es completamente gratuita en el portal de tuempresa.gob.mx.

Los beneficios y obligaciones de las Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS):

1. Las personas morales deducen más gastos que las personas físicas.

2. Capital inicial bajo. El capital mínimo que requiere para su constitución es muy bajo. Es el equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles, a diferencia de la sociedad anónima (SA) donde se exige la suscripción mínima de $ 100.000.00

3. Separación del capital personal. Reduce los riesgos, ya que los accionistas de una SAS limitan su responsabilidad a la integración de las acciones que suscriban o adquieran.

4. Objeto social amplio. El objeto social podrá ser plural y deberá enunciar en forma clara y precisa las actividades principales que constituyen el mismo

5. Simples. Son más sencillas de constituir y más económicas respecto de las sociedades tradicionales, las Sociedades Anónimas (SA) y las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), que son las formas legales más habituales hasta ahora en la Argentina.

6. No se necesitan socios. A diferencia de las SRL o las SA, que requieren por lo menos dos socios para constituirse, las SAS pueden ser unipersonales, es decir, estar en manos de un único emprendedor. 7. Sin límites de socios. Tampoco tienen un número máximo de integrantes, como sí ocurre en las SRL, donde se acepta hasta 50 asociados.

8. Si eres una Sociedad por Acciones Simplificada que te inscribiste en el RFC a partir de tu inscripción, el esquema de tributación conforme a flujo de efectivo. Dicho esquema te permite pagar el ISR acumulando únicamente los ingresos y disminuyendo las deducciones efectivamente realizadas del periodo de que se trate.

9. Además, te libera de presentar la Declaración de Información de Operaciones con Terceros y puedes utilizar la herramienta Mi contabilidad, la cual facilita el cálculo y presentación de tu declaración de impuestos.

10. Los socios son afiliables al IMSS siempre y cuando el accionista o socio, llega a desempeñar un puesto de trabajo dentro de la estructura orgánica de la compañía o sociedad y recibe un salario por ello, adquiere la calidad de trabajador, y en tal virtud debe darse de alta en el Régimen Obligatorio del Seguro Social (art. 12, fracc. I, LSS).

VHSO CONSULTORES es su mejor aliado para brindarle la asesoría necesaria para la creación de su Sociedad Accionaria Simplificada.

Director General: M.A. y L.C.P. Víctor Hugo Sánchez Orozco